BLOQUE DE FUERZAS VIVAS DE PIEDADES SUR
Se invita a todos los vecinos y vecinas de las comunidades de Piedades Sur
Para que vayamos a la municipalidad a exigir:
1. Respeto al plebiscito: no más permisos para ampliar granjas
2. No más urbanizaciones sin servicios básicos (tugurios)
3. ¿Dónde están los fondos chinos ofrecidos hace un año a las asociaciones de desarrollo a cambbio del sí al TLC?
Todos y todas, este martes 20 ene. 2009, a las 5 pm en la Muni.
Fotos: "Maleco" del Movimiento Patriótico de San Ramón, corresponden a la movilización anterior, realizada por el Bloque el 20 de junio de 2008:
BLOQUE DE FUERZAS VIVAS DE PIEDADES SUR
Distrito Quinto del Cantón San Ramón, Provincia Alajuela
COMUNICADO PÚBLICO, 20 ENERO 2009
HISTORIA DE UNA LUCHA COMUNAL POR EL DERECHO
A UN AMBIENTE SANO Y ECOLÓGICAMENTE EQUILIBRADO
(Art. 50 Constitución Política)
1. Las Comunidades del Distrito Piedades Sur han mantenido una férrea lucha de 10 años ante la problemática de contaminación que representan la excesiva cantidad de más de 64 granjas avícolas y porcinas instaladas en el Distrito, preocupación que se ha intensificado por la amenaza de la fiebre aviar y la pandemia de influenza de la que nos han venido alertando la OMS y el Ministerio de Salud, desde finales del año 2005.
2. Esto nos ha llevado a oponernos rotundamente a la ilegal ampliación de las granjas de pollos y de cerdos por la Municipalidad, el Ministerio de Salud y el MAG-SENASA.
3. Organizamos y ganamos un Plebiscito el 16 de febrero de 2003, con la participación de la Municipalidad de San Ramón y bajo la tutela del Tribunal Supremo de Elecciones. En esa ocasión, con un 96% de apoyo popular se aprobó:
“QUE SE SUSPENDA EL OTORGAMIENTO DE PERMISOS PARA LA INSTALACIÓN DE GRANJAS AVÍCOLAS Y PORCINAS, PLANTAS PROCESADORAS DE CARNE Y GRANJAS PARA GALLINAS PONEDORAS, HASTA QUE ENTRE EN VIGENCIA EL PLAN REGULADOR PARA EL CANTÓN DE SAN RAMÓN” (La Gaceta No. 63, 31 mar. 2003).
4. En el Reglamento Sobre Granjas Avícolas (D.E. Nº 31088-S) Art. 4 se define: “Instalaciones: Toda infraestructura que se construya o utilice para albergar aves, almacenar producto alimentario para las aves, almacenar productos químicos utilizados para la limpieza y mantenimiento de la granja, productos veterinarios, sistemas sanitarios y cualquier otro local necesario para satisfacer las necesidades de toda actividad que allí se realice. Instalación: Los sitios donde se van a construir o ampliar nuevas instalaciones de granjas avícolas, deberán obtener la aprobación previa ante la Dirección del Área Rectora de Salud del Ministerio de Salud, según corresponda y de acuerdo al lugar donde se ubiquen las mismas.”
5. La Asesoría Jurídica y Dirección Regional Central de Occidente del Ministerio de Salud, reconocieron (RCO-AJ-109-2008, del 5 de mayo 2008): “… Con relación al Plebiscito realizado en Piedades Sur de San Ramón, este Ministerio de Salud respeta la decisión del pueblo y no otorga permiso de ubicación para la instalación de granjas, ampliaciones o modificaciones, hasta tanto no se indique legalmente otra cosa”
6. Uno de los casos más grandes es el de la Granja Avícola Rumbo del Sol SA, del Sr. Álvaro Gómez Molina, con 200.000 pollos, ubicada en Potrerillos de Piedades Sur, en donde el Ministerio de Salud (ago.2008) clausuró 4 galpones (66% de ampliación sobre 6 ya existentes) ilegalmente levantados. La Municipaldad no procedió como debía a la anulación de la patente y la demolición, a pesar del acuerdo tomado en audiencia del 13 ago.2008 con la Presidenta Municipal, Comisión y Asesor Jurídico e Ingeniero Municipal).
7. Una consulta posterior a la Procuraduría General de la República (C-383-2008, 23 oct.08) estableció: “… Así las cosas, para los efectos del caso, la ampliación supondría un desarrollo razonable y lógico de las plantas ya existentes no la instalación de nuevas instalaciones, ya que esto último conllevaría un quebranto a lo que se dispuso en la consulta popular y en el acuerdo del Concejo. Por tal motivo, los órganos competentes de la Municipalidad deberán ejercer los controles correspondientes para que, por vía de las ampliaciones, no se quebrante lo resuelto en el Plebiscito y en el acuerdo municipal…”. Exigimos que el Concejo Municipal proceda a aprobar nuestra solicitud de “NULIDAD DEL CERTIFICADO DE PERMISO DE UBICACIÓN DE GRANJA AVÍCOLA RUMBO DEL SOL” (folio 22 del Acta de Sesión Ordinaria No. 206, 18 nov.2008).
8. Exigimos igualmente la “NULIDAD DE CERTIFICADO DE USO DE SUELO DE GRANAJA AVÍCOLA RUMBO DEL SOL” (folio 38 del Acta de Sesión Ordinaria No. 206, 18 nov.2008), ya que este permiso está viciado de nulidad absoluta pues fue emitido dando una mala, inventada y equivocada interpretación del voto constitucional No. 6197-2007, al no estar en el “por tanto” lo que el ingeniero municipal argumenta. La Sala indicó que “… por vicios de fundamentación se anula el acto de la Municipalidad… ” debiendo …”resolver la solicitud en cuestión” NUNCA INDICÓ QUE DEBIERA RESOLVER A FAVOR DEL GRANJERO.
9. La Municipalidad está permitiendo la instalación de 4 desarrollos urbanísticos (Mesén, Siquirra, Aguilar, y Soterillo) entre Piedades Sur y San Miguel, para 119 nuevas familias, sin que estén garantizados ni la calidad de las construcciones, ni los servicios básicos de agua, salud, educación, empleo y transporte. ESTO DEBE DETENERSE.
10. Desde antes del Referéndum, en setiembre de 2007 se ha venido ofreciendo partidas de los fondos chinos para las Asociaciones de Desarrollo de nuestras Comunidades y un año y cuatro meses después aún no llegan: ¿dónde se encuentran esos recursos?
ACUERDOS TOMADOS POR EL BLOQUE DE FUERZAS VIVAS EL 4 ENE. 2009
lunes, 19 de enero de 2009
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